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Justicia Federal confirma la legalidad de las resoluciones de la CAIP
15 septiembre 2008

 

El pasado 21 de agosto de 2008, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió el Amparo en Revisión número 191/2008 deducido del Juicio de Amparo 1349/2007 promovido por Carlos Isaías Rico Carrillo en contra de esta Comisión por actos deducidos del recurso 21/SCT-02/2007.

La resolución dictada dentro del Amparo en Revisión número 191/2008 determinó NO AMPARAR NI PROTEGER al quejoso, en virtud de que el acuerdo del Pleno de la Comisión que fuera impugnado estaba debidamente fundado y motivado, con lo que se confirmó la legalidad de las actuaciones de la CAIP.

Es importante precisar que en primera instancia el Juez de Distrito había decidido amparar y proteger al quejoso, inconforme con tal resolución, la Comisión promovió la impugnación correspondiente ante el Tribunal Colegiado de Circuito quien revocó la sentencia del Juez.

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