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Transparencia en las Comisiones Bancarias


Por Lilia Vélez Iglesias *
1 junio 2010

La anulación que hizo el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) de una resolución del Instituto Federal de Acceso a Información Pública (IFAI) que ordenaba a la PGR entregar datos sobre averiguaciones previas iniciadas y concluidas contra la ex jefa del gobierno del DF, Rosario Robles, representa un enorme riesgo de retroceso en el derecho de los mexicanos a acceder a información pública.

La Décima Sala Regional Metropolitana del TFJFA declaró la nulidad de varias partes del fallo del IFAI a pesar de que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en su artículo 59, establece que las resoluciones del órgano garante son definitivas para el sujeto obligado, en este caso la PGR, y sólo los ciudadanos pueden atacarlas.

Aunado a lo anterior, es de resaltar que el artículo 73 de la Constitución de la República señala específicamente que el TFJFA carece de facultades para dirimir controversias entre autoridades, en tanto que la Ley Orgánica del citado Tribunal no le da competencia sobre las resoluciones del IFAI. Por ello en 30 recursos promovidos anteriormente, el Tribunal se había declarado incompetente.

La resolución, a todas luces ilegal, ha encendido focos rojos pues abre la puerta para que otras decisiones del Instituto sean atacadas por los entes públicos, lo que significaría un enorme retroceso en el derecho de los mexicanos a saber sobre la gestión pública y representaría una clara violación a lo establecido en el artículo 6° constitucional que ordena que los procedimientos de acceso a información sean expeditos y ágiles, pues alarga enormemente los plazos para que el ciudadano finalmente acceda a la información. Al respecto, baste mencionar que la resolución del TFJFA sobre este caso se llevó más de dos años.
Ante ello, el IFAI manifestó su “enérgico rechazo” a la decisión del Tribunal de “conocer y resolver en torno a juicios de nulidad contra resoluciones del Instituto pues ello representa una “violación a la normatividad que da vigencia y viabilidad al derecho de las personas a acceder a la información pública”.

La decisión del Tribunal se da en el contexto de nuevos intentos, varios de ellos encabezados por la Procuraduría General de la República, para dar marcha atrás a los avances que en materia de políticas de transparencia y garantías para acceder a información pública ha habido en los últimos años en México.

En esta coyuntura será de vital importancia la decisión que tome la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad promovida contra la reforma realizada al marco jurídico de Campeche, que estableció la no definitividad de las resoluciones del órgano garante de esa entidad al otorgar al Tribunal Superior de Justicia del Estado la facultad de revisarlas.


*Lilia Vélez Iglesias es Comisionada de la Comisión para el Acceso a la Información Pública. Las opiniones vertidas en este artículo son responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la postura de la CAIP.

 
 
 
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