La cédula de identidad; entre la desconfianza social y los riesgos de transgredir la esfera de la privacidad.
Un recorrido por el tortuoso camino de este documento.
Por Blanca Lilia Ibarra Cadena*
26 enero 2010
Este 28 de enero, se celebrará el “Día Internacional de la Protección de los Datos Personales”, que surge cuando el Comité de Ministros del Consejo de Europa reunido el 26 de abril de 2006, determina instituir esa fecha como el día para conmemorar la Firma del Convenio 108 suscrito en el año 1981, que versa sobre la protección de datos personales. Dicho convenio compromete a los países que lo integran, a reformar las leyes correspondientes e implementar los principios contenidos en el documento suscrito.
El propósito es que los distintos países generen un espacio de reflexión y a su vez que promuevan la relevancia que tiene el uso responsable, la obtención y en su caso la posible transmisión de los datos personales, procurando la protección de los mismos cuando generen riesgos a sus poseedores.
Para profundizar en el tema, quisiera entrar un poco más a detalle.
Los datos personales se refieren, según la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Puebla, a toda aquella información relativa a las personas físicas identificadas o identificables; entre otras lo relativo a su origen étnico o racional o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales. Estos datos describen aspectos sensibles y delicados de una persona tales como su domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología, estados de salud, preferencias sexuales, entre otros aspectos.
Sin embargo, la constante evolución de la tecnología y las telecomunicaciones ha ocasionado que estos datos personales traspasen los límites de la esfera de la privacidad de los individuos, vulnerando sus derechos y libertades, por lo que las legislaciones internacionales y nacionales han establecido lineamientos tanto para el titular como para el organismo encargado de recabar dicha información, así como el conjunto de preceptos que regulen la correcta protección de los datos personales.
En nuestro país, en los últimos meses ha surgido un debate político, jurídico y social que tiene relación con lo mencionado anteriormente. La intención del gobierno federal de crear la “Cédula de Identidad Ciudadana”, ha tenido un camino tortuoso en la atmósfera nacional.
Los primeros esbozos del tema se ubican en el Foro de Consulta Ciudadana, que llevó por título: “Derecho a la Identidad”, celebrado en abril del 2007, en el cual el Subsecretario de Población, Migración y Asuntos Consulares dio a conocer que se trabajaba para que los mexicanos contaran con un solo documento de identidad: la Cédula Unica de Identidad.
No es hasta el 28 de Julio de 2009 en que el Presidente Felipe Calderón, al encabezar la ceremonia de conmemoración del 150 Aniversario de las Leyes de Reforma, anunció la expedición de dicha cédula conformada por la identidad jurídica, la identidad vivencial como registro del individuo y sus datos biométricos,
que incluyen la imagen del iris así como las 10 huellas dactilares. Este generó el inicio del debate.
Durante la IV Semana Nacional de Transparencia del IFAI, una de las voces más autorizadas en el tema de la protección de datos personales, el español José Luis Piñar Mañas, ex director de la Agencia Española de Protección de Datos Personales, advirtió que la inclusión de los datos biométricos resultaría excesivo ya que en ningún otro país se había dado un caso como este. De igual forma fue contundente al señalar que cualquier fallo en el sistema de seguridad, pondría en riesgo la confidencialidad en el sistema.
Las voces en contra de la cédula se fueron multiplicando; la Comisionada del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública María Marván Laborde, no tardó en pronunciarse en contra del interés de la Secretaría de Gobernación por las consecuencias que tendría la expedición del documento y manifestó el descontento del IFAI por no respetarse el compromiso existente para realizar un análisis de impacto en cuanto a ese derecho fundamental, puesto que la protección del mismo recae en el Instituto. De igual forma resaltó que la desconfianza era latente en los ciudadanos por el temor de que los datos personales puedan ser mal utilizados con fines de control político, de acceso a programas sociales o para control electoral.
Pronunciamientos similares realizó la Presidenta del IFAI Jacqueline Peschard Mariscal en defensa de la Credencial de Elector como el documento primario de identidad. En contra de la Cédula también se manifestaron senadores del PRI y del PRD.
A todo esto surgió otro contratiempo en el camino de la Cédula de Identidad: la cancelación de la partida presupuestal para financiar el proyecto por parte de los diputados federales quienes se negaron en autorizar el recurso. No obstante, en un movimiento estratégico, la SEGOB anunció que utilizará los recursos asignados al Registro Nacional de Población (RENAPO) para continuar con el proyecto, al ser este organismo el encargado de manejar la base de datos correspondiente. También fue evidente la postura del IFE en cuanto a la preservación del padrón electoral, cuya base de datos, manifestó que será accesible para Gobernación. Por su parte el fallo de la empresa ganadora se ha aplazado un sin número de ocasiones debido a que no se han establecido los lineamientos correspondientes del documento, así como una serie de irregularidades que han surgido en la designación de la empresa.
En posteriores declaraciones del Subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la SEGOB, Alejandro Poiré, garantizó que la multicitada cédula se emitirá hasta que exista un acuerdo con el Congreso de la Unión.
En la primera quincena de este mes, la SEGOB confirmó un acuerdo con el IFE para que la Credencial de Elector sea el único documento de identificación oficial para los mexicanos pero aclaró que el gobierno federal emitirá la cédula para menores de 18 años y residentes en el extranjero. La cédula será totalmente voluntaria, se acudirá a los módulos que la SEGOB indique para la toma de datos biométricos mismos que se cotejarán con el Acta de Nacimiento. (El Universal, 15 de enero 2010)
Por todo lo anterior, los comisionados del IFAI pidieron un estudio para la llamada “manifestación de impacto a la privacidad” la cual la elaborará la firma española encabezada por Piñar Mañas, ya que como manifestó la Comisionada Presidenta del Instituto, Jacqueline Peschard, que una cosa es la emisión de la mica y otra es la construcción de la base de datos, la cual sí les compete para su protección. De igual forma, la postura del IFAI es que no avalará la expedición de la cédula si su base de datos no garantiza, de acuerdo a estándares internacionales, que el uso de la información será única y exclusivamente para los fines que señala la Ley de Población. Más adelante el IFAI puntualizó que la SEGOB elaborará la base de datos de todos los habitantes del país con la RENAPO, mientras que el IFE solo se encargará del registro de electores y entre ambas no habrá traslación de información.
La reforma al artículo 6º Constitucional, realizada en el 2007, establece que la información relativa a la vida privada deberá protegerse, así como el derecho de acceder y corregir los datos que se encuentren en los archivos públicos, pero en ese momento no se creó un derecho fundamental independiente. Posteriormente, en las reformas a los artículos 16 y 73 de la Constitución aprobadas en el 2008, se introduce el derecho de todo individuo a la protección de su información.
Lo antes mencionado, toma relevancia respecto al caso planteado en párrafos anteriores e invita a la reflexión desde el momento en que los datos personales se encuentran en manos del gobierno y en otros casos en manos de particulares, así como en el uso excesivo de la tecnología en la transmisión de dichos datos, en el entendido que podrían utilizarse con propósitos distintos y mal intencionados. Hasta el cierre de este artículo, el debate continúa y el destino de la Cédula de Identidad es incierto.
*Blanca Lilia Ibarra Cadena es Comisionada de la Comisión para el Acceso a la Información Pública. Las opiniones vertidas en este artículo son responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la postura de la CAIP. |