LA CUARTA SEMANA DE TRANSPARENCIA. LA PONENECIA DE MIGUEL CARBONELL. INVESTIGADO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA UNAM. PARTE II.
Por Samuel Rangel Rodríguez*
4 noviembre 2009
En mi participación anterior les comenté que con la colaboración del personal de la CAIP, organice la IV Semana de la Transparencia con el tema Revalorando el Acceso a la Información el que en su segunda jornada contó con la participación de Miguel Carbonell, en el Auditorio Sor Juana Inés de la UPAEP, el que estuvo a su máxima capacidad inclusive una gran parte del auditorio permaneció de pie y muchos se quedaron afuera, pero es que la conferencia estuvo muy agradable e inició señalando:
Existe una relación directa entre Democracia y Acceso a la Información, sólo en un régimen democrático puede ejercerse el derecho al acceso a la información y sólo ejerciendo el derecho de acceso a la información puede consolidarse un sistema democrático, así lo aseveró el Doctor Miguel Carbonell, Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM el día miércoles veintiuno de octubre de dos mil nueve durante el segundo día de actividades de la Cuarta Semana de Transparencia de la Comisión para el Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, denominada Revalorando el Acceso a la Información.
De igual forma el Dr. Carbonell señaló que habrá que definir de manera precisa los términos de Rendición de Cuentas, Transparencia y acceso a la Información, ya que el primer concepto es el concepto global y es en éste en el que incluye a la Transparencia la cual implica no sólo la obligación de las autoridades de publicitar su quehacer diario, sino que además dicha información deberá estar justificada, explicando puntualmente que la justificación de la información implica mas allá de “fundar y motivar”, extremos que obliga el artículo 26 Constitucional, es decir, la autoridad deberá no sólo ajustarla a derecho, sino que habrá de explicar las razones por las cuales se está generando la información; justificar cada uno de las actuaciones de las autoridades; ¿para qué? y ¿porqué? lo hace.
De manera clara y concisa explicó el Doctor Carbonell la relación que guarda el derecho de acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas y la Gobernanza democrática, a través de círculos concéntricos en donde el centro lo representa el derecho de acceso a la información como ejercicio individual de las personas, siguiéndole el circulo de la transparencia como una política pública en la que las autoridades deberán de dar a conocer información básica de sus funciones y del ejercicio de las mismas, de ahí le sigue el término rendición de cuentas como el concepto por el cual debe entenderse un gobierno que además de dar a conocer su actividad diaria y de justificarla, en el concepto que se señaló con anterioridad, deberá de garantizar el derecho de los ciudadano de ejercer el derecho de acceso a la información a fin de que la información que reciba la sociedad sea oportuna, veraz y completa. Y sólo a través de la existencia de estos tres niveles habrá de concebirse un estado democrático.
Enfatizó el Dr. Carbonell que el valor de la transparencia, no sólo es conocer la información que genera el gobierno, sino que además resulta necesario destacar que una utilidad fundamental de la transparencia es su estricta relación con el desarrollo económico del país, afirmó que “sólo los países que más crecen en términos económicos son los más transparentes”, pues lo convierte en espacios más atractivos para la inversión extranjera. Las empresas llegan a un lugar donde se asegura el buen manejo de los recursos y los programas públicos se manejan con plena transparencia.
El Dr. Carbonell precisó que el derecho a la información en sentido amplio debe entenderse como la libertad de investigar aunada a la libertad de recibir la información por parte de las autoridades y la autoridad de difundir esta información previamente recolectada, a través de la expresión de ideas u opiniones por cualquier medio.
Asimismo manifestó que las algunas de las diferencias importantes en los criterios para el ejercicio del derecho de acceso a la información, son entre otras, los sujetos obligados, los requisitos para ejercer el derecho, los plazos y procedimientos, el diseño institucional de los órganos garantes, las obligaciones de proveer información, los criterios para clasificar y reservar información, así como las normas para administrar recursos públicos.
De igual forma expresó que la reforma constitucional de 2007 permitió establecer entre los contenidos mínimos del derecho de acceso a la información en todo el país: el principio de publicidad de la información en posesión de cualquier autoridad, órgano u organismo federal, estatal o municipal, las reservas sólo por razones de interés público, la protección de vida privada y datos personales, el procedimiento de acceso gratuito, la supervisión por organismos especializados e imparciales, con autonomía de decisión, operativa y de gestión, los archivos administrativos actualizados, la publicación de información sobre indicadores de gestión en internet, la obligación de hacer pública la información respecto de los recursos públicos que se entreguen a personas físicas o morales, las solicitudes por medios electrónicos en municipios de más de 70 mil habitantes. Destacando la modernización del ejercicio del derecho de acceso a la información a través del Internet, permitiendo esta herramienta ejercer el derecho desde cualquier parte del mundo y dirigirla a cualquier autoridad de la república.
Para concluir, reflexionó sobre la importancia de tener información de calidad que permita una mejor toma de decisiones y con ello una mejor calidad de vida en todos los aspectos de la vida diaria, desde la toma de decisiones en la selección de escuelas para los hijos, para la selección de un predio para la construcción de una casa, en la administración y procuración de justicia y en todas las áreas en la que nos desempeñamos.
Para concluir dejó como tema a reflexionar el olvido y poco interés de los diputados para la reforma de la Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y adecuarla a los requerimientos constitucionales.
*Samuel Rangel Rodríguez es Comisionado Presidente de la Comisión para el Acceso a la Información Pública. Las opiniones vertidas en este artículo son responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la postura de la CAIP. |